PROCEDIMIENTO E INSTRUCTIVO DE AUTOLIQUIDACION DE ADEUDOS, ADECUADO AL SISTEMA DE LA CALIDAD DE ADUANAS

Resolución de Intendencia Nacional Nº 000233
Fecha de Publicación: 18 de setiembre de 1999

I. OBJETIVO

Establecer las pautas a seguir por los usuarios y operadores de comercio exterior para el pago de la deuda tributaria aduanera, tributos, multas y recargos, mediante Formato de Autoliquidación de Adeudos.

II. ALCANCE

Es de aplicación en las Intendencias de Aduana de la República, Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera, usuarios y operadores de comercio exterior.

III. RESPONSABILIDAD

Es de responsabilidad de las Areas de Recaudación de las Intendencias de Aduana de Provincia, de las áreas que determinan adeudos en las Intendencias de Aduana Aérea, Marítima del Callao y Postal e Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera y de la Intendencia Nacional de Sistemas en cuanto a la implementación y mantenimiento.

IV. VIGENCIA

A partir del 20/09/1999

V. BASE LEGAL

- Ley General de Aduanas aprobada por D. Leg. N° 809 del 19.04.96

- Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF del 19.08.99

- Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. Nº 121-96-EF del 24.12.96

VI. NORMAS GENERALES

1. Para efectos del presente procedimiento se denomina "usuario", tanto al usuario como al operador de comercio exterior.

2. El usuario está facultado a presentar su Autoliquidación de Adeudos por tributos, multas, recargos, intereses u otros conceptos.

3. Tratándose de adeudos generados en las Intendencias de Aduana de Provincias, las Autoliquidaciones de Adeudos pueden presentarse ante el área de Recaudación de cualquier Intendencia de Aduana de la República o ante la Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera.

4. Las Autoliquidaciones por Adeudos generados en las Intendencias de Aduana Aérea , Marítima o Postal pueden ser presentados ante el Area generadora del adeudo o en la Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera.

5. La Autoliquidación de Adeudos, debe efectuarse por cada documento aduanero (DUI, DUE, documento de transporte, solicitud de transbordo y otros).

VII. DESCRIPCION

Llenado del Formato

1. El usuario llena el Formato de Autoliquidación de Adeudos(Anexo 1), según cartilla ( Anexo 2), debiendo consignar correctamente los datos solicitados bajo entera responsabilidad por el monto de los tributos, multas, recargos e intereses u otros conceptos correspondientes, que sin requerimiento de la Administración Aduanera se pague.

2. El Formato de Autoliquidacion de Adeudos debe estar firmado por el usuario.

Presentación del Formato

3. El usuario presenta el formato de Autoliquidación de Adeudos en las áreas de Recaudación de las Intendencias de Aduana de Provincias y en cada área donde se originó el adeudo en las Intendencias de Aduana Aérea ,Marítima y Postal o ante la Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera.

4. El usuario presenta el formato de Autoliquidación de Adeudos en original y una copia:

Original : Area receptora

Copia : Usuario

5. El original del formato de Autoliquidación de Adeudos es archivado por el personal del área receptora como sustento de la emisión de la respectiva Liquidación de Cobranza.

Registro y Numeración

6. El personal encargado del área correspondiente, recepciona la Autoliquidación de Adeudos y emite una Liquidación de Cobranza, en base a los datos consignados en el Formato de Autoliquidación.

7. En el caso que la Autoliquidación de Adeudos contenga tributos y multas, el personal encargado elabora dos Liquidaciones de Cobranza, una por los tributos y otra por la multa.

Liquidación de Cobranza Tipo 0026 - TRIBUTOS

Liquidación de Cobranza Tipo 0027 - MULTAS

8. El Módulo de Liquidación de Cobranza anula en forma automática las Liquidaciones de Cobranza por Autoliquidación de Adeudos que no sean canceladas dentro del plazo establecido.

Pago ante al Banco o Aduana

9. El usuario realiza el pago del adeudo consignado en la Liquidación de Cobranza elaborada en base a la Autoliquidación de Adeudos, en las entidades bancarias autorizadas o en la Caja de la Intendencia de Aduana respectiva.

10. El pago de la Liquidación de Cobranza por Autoliquidación de Adeudos debe efectuarse en efectivo, cheque certificado o cheque de gerencia.

11. El pago de la Liquidación de Cobranza por Autoliquidación de adeudos puede efectuarse hasta el día hábil siguiente de la emisión de la misma.

12. En el caso que las Intendencias de Aduana de la República recepcionen Autoliquidaciones de Adeudos que correspondan a otras Intendencias de Aduana, una vez canceladas las Liquidaciones de Cobranza correspondientes, el personal encargado de dicha área, comunica a la respectiva Intendencia; asimismo la INFA debe informar mensualmente a las Intendencias de Aduana de provincias.

Control

13. La Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera, a través del Módulo de Liquidaciones de Cobranza, ejerce el control posterior en lo que a su competencia se refiere, verificando si el monto pagado satisface el adeudo, disponiendo la cobranza del saldo y acciones correspondientes.

14. El área de Recaudación y Contabilidad de las Intendencias de Aduana de la República, vela por el control contable, a nivel de su Intendencia, de las Liquidaciones de Cobranza emitidas en base a Autoliquidaciones de Adeudos.

VIII. FLUJOGRAMA

No aplica

IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS

No aplica

X. REGISTRO

Autoliquidación de Adeudos.

ANEXOS

1.- Formato de Autoliquidación de Adeudos

2.- Cartilla de Instrucciones para el llenado del Formato

ANEXO 1

* Ver Anexo en el Diario Oficial "El Peruano" de la fecha

ANEXO 2

CARTILLA DE INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE AUTOLIQUIDACION DE ADEUDOS

1.- CODIGO DE ADUANA.- Colocar el código que corresponda a la Aduana generadora del adeudo.

2.- ADUANA.- Colocar el nombre de la Aduana generadora del adeudo.

CODIGO ADUANA

000 Sede Central

019 Tumbes

046 Paita

055 Chiclayo

082 Salaverry

091 Chimbote

118 Marítima

127 Pisco

145 Mollendo

154 Arequipa

163 Ilo

172 Tacna

181 Puno

190 Cuzco

217 Pucallpa

226 Iquitos

235 Aérea del Callao

262 Desaguadero

271 Tarapoto

280 Puerto Maldonado

3.- REGISTRO DE ADUANA.- La Aduana receptora de la Autoliquidación de Adeudos sella por la recepción de la misma.

4.- TIPO.- Colocar el tipo de deudor que corresponda.

1 Agencia de Aduana

2 Despachador Oficial

3 Agencia de Carga Internacional

4 Terminal de Almacenamiento

5 Courier

6 Particular

5.- IDENTIFICACION.- Colocar el código asignado por ADUANAS para cada tipo de documento de identidad y el número de dicho documento.

1 Libreta Tributaria

2 Libreta Electoral

3 Documento Nacional de Identidad

4 Registro Unico de Contribuyente

5 Carnet de Identidad

6 Pasaporte

7 Carnet de Extranjería

8 Organizaciones Internacionales

9 Salvoconducto

10 Libreta Militar

11 Código de Agencia de Aduana

6.- NOMBRE O RAZON SOCIAL.- Colocar el nombre o razón social del deudor.

7.- DOMICILIO FISCAL.- Colocar el domicilio fiscal y actual del deudor.

8.- TIPO.- Colocar el tipo de documento que ha originado el presente pago:

1 Declaración Unica de Importación (DUI)

2 Declaración Unica de Exportación (DUE)

3 Cargo

4 Manifiesto

5 Conocimiento de Embarque

9.- FECHA, NUMERO ó C.D.A..- Colocar la fecha del documento de referencia, de conocerla, y el número del documento de referencia o C.D.A. correspondiente.

10.- MOTIVO.- Colocar en forma detallada el motivo de la presente Autoliquidación de Adeudos.

11.- CONCEPTO.- Se muestra un detalle de los posibles rubros a cancelarse.

12.- MONTO A PAGAR.- Colocar el importe a cancelarse, según corresponda.

13.- FIRMA DEL DEUDOR O PERSONA AUTORIZADA.- Colocar la firma del deudor o de la persona autorizada, a efectuar la presente autoliquidación de adeudos.